NOTA
DE LOS OBISPOS DEL SUR
1.-
La educación es uno de los derechos fundamentales de la persona. Este
derecho alcanza hoy, en Andalucía, a todos los niños en edad de enseñanza
obligatoria. Se trata de un gran logro y de un gran progreso. Inseparable de
este derecho está el que asiste a los padres a educar a sus hijos conforme a
sus propias convicciones morales y religiosas y, en consecuencia, a elegir
libremente la educación y el colegio que quieren para sus hijos. Asimismo, en
virtud del derecho a la libertad de enseñanza, garantizada constitucionalmente,
personas e instituciones sociales pueden crear centros con ofertas educativas
propias, que en caso de la enseñanza obligatoria pueden reclamar ser
financiadas con fondos públicos, cumplidas determinadas condiciones y, en la
legislación vigente, a través de conciertos.
Tanto
los centros estatales como los de iniciativa no estatal prestan el mismo
servicio a la sociedad; los recursos de que dispone el Estado para atender a las
necesidades de educación de la sociedad proceden por igual de todos los
ciudadanos. En este aspecto, la verdadera libertad de elección requiere la
igualdad de condiciones económicas y académicas en todos los centros docentes.
Dado que los recursos del Estado son limitados, es necesario establecer
prioridades; pero al señalar las prioridades en la distribución de los fondos
públicos es de justicia reconocer que igual derecho a la subsistencia con
fondos públicos tienen los centros de enseñanza no estatales que los creados
por el Estado: más aún, igual derecho a la expansión. Esto nos parece
especialmente claro respecto a la enseñanza básica, que, conforme a nuestra
Constitución, sin limitación alguna, es reconocida como “obligatoria y
gratuita” (Art. 27,4).
2.-
Los datos con que contamos, en estos momentos, nos hacen ver con inquietud el
ejercicio efectivo de esta libertad en Andalucía; estimamos que, en este campo,
se está produciendo un recorte y limitación progresivos. El próximo año un número
importante de niños no podrá recibir enseñanza en el colegio que sus padres
desean, conforme a sus propias convicciones y en legitimidad legal. Queda
congelado el aumento de alumnos en los centros concertados aunque haya demanda
para ellos. En virtud de la planificación educativa en Andalucía, y no solo
por la caída demográfica, para los próximos años se va a producir una
reducción de aulas concertadas en la enseñanza obligatoria de los centros de
iniciativa social o “privados”: tanto en la enseñanza primaria, como en la
secundaria obligatoria, o en el ciclo medio de formación profesional. La misma
planificación establece una relación de centros estatales o “públicos”
que, de hecho impide, la libre elección por parte de los padres de los colegios
que desean para sus hijos. Estos hechos entrañan una nueva disminución en el
ejercicio del derecho a la libertad de enseñanza, tanto el que corresponde a
los padres como a los centros. El futuro de esta libertad se nos ofrece lleno de
interrogantes.
El
porcentaje de alumnos en la enseñanza de iniciativa no estatal, en los dos últimos
decenios ha descendido notablemente en Andalucía, a pesar de la demanda,
llegando a ponerse en torno al 18 % en el presente curso: una reducción que no
se ha dado en la enseñanza estatal, a pesar del descenso de natalidad, que
debería afectar a todos los centros en la misma proporción. Si no se remedia,
el próximo curso dicho porcentaje será todavía menor, hasta llegar a cotas
que claramente denotan un gran recorte en este derecho fundamental.
3.-
No se contempla ni se posibilita la concertación o financiación de los ciclos
de educación infantil. Los padres con menos medios económicos se verán
forzados a llevar a sus pequeños a los centros públicos. De este modo se les
impide el ejercicio del derecho a elegir en libertad la enseñanza que quieren
para sus hijos. Y, por otra parte, los centros concertados se verán privados de
estos alumnos que, normalmente, permanecerían después siguiendo los ciclos de
primaria y secundaria en los mismos centros. Así, en los próximos años, habrá
una reducción muy importante de unidades concertadas, que pondrá en grave
riesgo la posibilidad de subsistencia de estos colegios de iniciativa social. La
Consejería de Educación proyecta, al parecer, cubrir el cien por cien de este
nivel con centros públicos (actualmente está en el 82 %); una vez conseguido
este objetivo el paso siguiente podría ser negar la financiación de la educación
infantil en los centros privados por no haber necesidades de escolarización en
este nivel. Esto no es aceptable porque, en un régimen de libertad, las
necesidades de escolarización la marcan también las demandas de los padres.
4.-
Una pérdida de unidades concertadas, también relevante, se está operando
desde el pasado curso en bachillerato. Con la reestructuración que se está
imponiendo a las antiguas Filiales en Andalucía –surgidas para atender a
barrios y zonas más deprimidas- estas Filiales pasarían de tener 272 unidades
concertadas en 1997, a 126 en el 2002, es decir, que habrán perdido 146
unidades, más del 50%. La disminución de alumnos en los centros de iniciativa
no estatal que implica esta reducción no guarda proporción con la disminución
de los centros estatales.
5.-
La Administración educativa de la Junta de Andalucía, desde hace años, está
aplicando e imponiendo una planificación rígida, en la que tiende con toda
nitidez a concentrar la enseñanza en los centros estatales o “públicos”, y
a ir reduciendo la enseñanza “privada” a unos mínimos residuales. Todo se
somete a esta planificación, sin tener en cuenta y sin atender suficientemente
al ejercicio de la libertad que compete a los padres a elegir el tipo de educación
que desean para sus hijos. Al actuar de esta manera se va en contra uno de los
principios básicos de una sociedad en democracia y libre.
Cuando
se recorta la libertad de enseñanza es a la sociedad como comunidad humana a la
que se le priva de un derecho esencial. Cuando, además, afecta al derecho que
asiste a los padres a que sus hijos sean educados en sus propias convicciones
religiosas y morales, se recorta también el derecho a la libertad religiosa,
que es un elemento básico en el que se asienta una sociedad democrática. La
Iglesia, los Obispos, al plantear este problema de la libertad de enseñanza,
prestan un servicio a la sociedad.
6.-
Una concepción de la Administración Pública respetuosa con la dignidad de
la persona humana atribuye al poder político la función de promover el
conjunto de condiciones sociales que permite a las personas realizarse
libremente por sí misma, y a los grupos sociales intermedios constituirse y
desenvolverse libremente con fines y medios acordes con los derechos de cada ser
humano: así tiene el derecho y el deber de que se ofrezcan centros educativos y
puestos escolares por sí mismos o por medio de otras iniciativas sociales. Si
dentro de una determinada concepción del Estado, se atribuye a la
Administración Pública organizar por sí y ante sí la vida del hombre
en sociedad en todas sus dimensiones, también las educativas, tendremos un
Estado o una Administración que anula a las personas. Cuando se tiende a
invadir esferas de la vida privada de las personas, como su vida familiar y la
educación, ejerciendo casi como una especie de monopolio educativo fácilmente
se propende hacia un totalitarismo que nada ni nadie puede justificar.
En
el conjunto de los servicios que el Estado, o la Administración Autonómica
debe prestar a la sociedad, la función del poder político es de apoyo y ayuda
a las personas, a los grupos sociales, pero nunca para sustituirlos, ni
absorberlos o reducirlos a mínimos. Una recta comprensión de la función
subsidiaria de la Administración Pública educativa reconoce a ésta funciones
de creación de centros y puestos escolares, así como de coordinación, de
planificación, de control y promoción de las diferentes iniciativas
educativas. Pero este mismo principio de subsidiariedad exige que, en el
interior del organismo social, el Estado reconozca a las personas y
a los grupos intermedios una actuación que permita tanta libertad cuanta
permita el bien común. Es un principio de libertad social. Es un principio de
carácter social y ético que, en cuanto debe servir de norma del poder político,
se transforma en un principio jurídico: conceder toda libertad posible, imponer
sólo las restricciones necesarias. Para un recto orden social y político es
necesario que la Administración Pública, el Estado, no absorba o reemplace al
individuo, a las familias o a los grupos intermedios.
La
acción del Estado es necesaria, pues, para garantizar el respeto a los derechos
y deberes de los ciudadanos y la contribución efectiva de todos al bien común
de la sociedad, pero nunca de modo que se anule la iniciativa prioritaria de las
personas, de los grupos y de la sociedad.
7.-
Cuando casi todo se supedita a la planificación y organización, cuando se
operan recortes en la libertad de enseñanza y se propicia, por razones al menos
organizativas, un cierto monopolio de la enseñanza estatal se lleva a cabo fácilmente
una invasión en aspectos de la vida humana que tienen relación con los valores
morales y religiosos. La tendencia monopolizadora de la Administración Pública
en la organización de la enseñanza representa un grave peligro de manipulación
o imposición ideológica de la sociedad desde el poder político. Creemos que
nadie pretenderá ni aceptará tal imposición de una ideología en el sistema
educativo, pues caeríamos en la peor de las dictaduras, la dictadura de los espíritus
(Cfr. OA
25).
8.-
Por ello pedimos a la Junta de Andalucía que revise su actual planificación
educativa y propicie una verdadera libertad de enseñanza, que, entre otras
cosas, conlleva la no reducción de aulas concertadas si hay demanda para ellas.
Rogamos asimismo encarecidamente a los padres de familia que defiendan los
derechos que les asisten y a las instituciones de enseñanza de iniciativa
social que no renuncien a ellos. Está en juego la libertad de enseñanza y de
la sociedad, la dignidad de las personas. Una planificación de la enseñanza
que se propusiera organizar, en el fondo, la vida del hombre, aun en la hipótesis
de que el pueblo lo tolerara, lo consintiera o lo eligiera, sería lo más
opuesto a la dignidad de la persona humana y pondría en peligro el futuro de
nuestra sociedad en libertad.
Almería,
8 de mayo de 2001
+
Carlos Amigo, Arzobispo de Sevilla. + Antonio Cañizares, Arzobispo
de Granada. + Antonio Dorado, Obispo de Málaga. + Ignacio Noguer,
Obispo de Huelva. + Rosendo Álvarez, Obispo de Almería. + Santiago
García, Obispo de Jaén. + Javier Martínez, Obispo de Córdoba. +
Antonio Ceballos, Obispo de Cádiz y Ceuta. + Juan García-Santacruz,
Obispo de Guadix-Baza. + Juan del Río, Obispo de Jerez.